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Mucha expectativa hay en Colombia frente al proceso de vacunación contra COVID-19 que está previsto se inicie en febrero y según lo confirmó el Ministro de Salud, el ministro Fernando Ruiz.
En el contexto del proceso de inmunización para la contención de la COVID-19, el proceso de vacunación genera cuestionamientos que vienen debatiéndose en Europa y que, con seguridad, impactarán el sistema laboral en Colombia.
Según el DANE, el 44,2% de los colombianos afirma no estar interesado en aplicarse la vacuna, situación que genera tensiones en los espacios laborales, según indica Iván Daniel Jaramillo, investigador del Observatorio Laboral de la Universidad del Rosario, académico que plantea el siguiente interrogante: ¿pueden los empleadores despedir a un trabajador por no vacunarse contra la COVID-19?.
“En España e Italia viene debatiéndose esta problemática, sobre la base de la prevalencia de los derechos fundamentales ligados a la libertad de conciencia y dignidad del trabajador, salvo en casos extremos de posible afectación de derechos de terceros”, explica Jaramillo Jassir.
Para el investigador de la Universidad del Rosario, “en Colombia debe evaluarse en cada caso concreto el carácter imprescindible de la vacuna para el desarrollo de las funciones encomendadas al trabajador, dada la posible afectación a terceros y la imposibilidad de adoptar acciones alternativas que permitan reducir el riesgo y respetar el principio de estabilidad en el trabajo”.
Agregó “Si bien es deseable una previsión legal específica sobre el particular, bajo el actual contexto, ante la posible afectación de terceros por la no vacunación del trabajador, el empleador debe considerar la adopción de modalidades de trabajo a distancia (trabajo en casa y teletrabajo) y el traslado a espacios de reducción de la exposición al contagio, respetando el carácter voluntario del proceso de vacunación para la realización de los derechos fundamentales al libre desarrollo de la personalidad, la objeción de conciencia y la dignidad humana”.